Novedades que trae el Reglamento Europeo de Protección de Datos sobre regularización de Transferencias Internacionales de Datos
Noticias - Experto LOPD |
No obstante, con la nueva regulación europea y tras su entrada en vigor, ya no será necesaria la preceptiva autorización de la autoridad de supervisión, siempre que entre el exportador e importados de los datos se firmen unas “Cláusulas Contractuales Tipo” (CCT) aprobadas por la Comisión Europea, todo ello por considerarse que dicha transferencia internacional cuenta con garantías adecuadas. Este cambio normativo simplificara enormemente el actual procedimiento de solicitud de autorización previa a la Transferencia Internacional al Director de la Agencia de Protección de Datos.